Propaganda electoral

La convocatoria de nuevas elecciones generales trae consigo una nueva ronda de propaganda electoral.

Los ciudadanos volverán a tener sus buzones repletos de propaganda electoral de todos los partidos políticos. Pero, tras la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General los ciudadanos podrán evitar recibir propagandas ejerciendo su derecho de oposición reconocido en la Ley Orgánica 3/2018, de 05 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

No más propaganda electoral

La normativa de protección de datos reconoce a los ciudadanos los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas.

Estos derechos se deben ejercer ante los responsables y encargados de tratamientos de datos personales cuando el ciudadano considere que no se hace un uso adecuado a la finalidad para los que fueron recogidos.

Hoy, y en ocasión de las próximas elecciones, vamos a hablar sobre el derecho de oposición que puede ejercer el ciudadano para que sepa cómo evitar recibir más propaganda electoral de los partidos políticos en sus buzones.

Derecho de oposición

El derecho de oposición, como su nombre indica, supone que el ciudadano pueda oponerse a que el responsable realice un tratamiento de sus datos personales en los siguientes supuestos:

Cuando sean objeto de tratamiento basado en una misión de interés público o en el interés legítimo, incluido la elaboración de perfiles:

  • El responsable dejará de tratar los datos salvo que acredite motivos imperiosos que prevalezcan sobre los intereses, derechos y libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones

Cuando el tratamiento tenga como finalidad la mercadotecnia directa, incluida también la elaboración de perfiles:

  • Ejercitado este derecho para esta finalidad, los datos personales dejarán de ser tratados para dichos fines.
Buzones llenos de propaganda

No quiero recibir más Propaganda

Para evitar que nos llenen el buzón de propaganda electoral, el trámite es fácil y rápido, puede realizarse por cualquier persona inscrita en el censo electoral a través de la Sede Electrónica del INE, aunque es necesario contar con un certificado electrónico o ingresar mediante el sistema Clave, el mismo que se usa, por ejemplo, para hacer la declaración de la Renta.

Para los ciudadanos que no disponen de este certificado podrán realizar la solicitud presencialmente ante el ayuntamiento, la Delegación Provincial o los Consulados, los votantes que se encuentran en el extranjero.

Propaganda en redes sociales

No obstante, es importante tener en cuenta que dicha exclusión se aplica solo al envío postal, y no al resto de propaganda que llega por redes, correo electrónico u otros medios de comunicación.

Otro tipo de publicidad o propaganda

Además de la propaganda electoral, ¨todos los ciudadanos tienen el derecho de dejar de recibir publicidad o propaganda que perturbe su privacidad. Si desea no recibir publicidad o propaganda molesta puede ponerse en contacto con nosotros y le ayudaremos con el trámite.

Solicitud exclusión en la lista del censo

Una vez que se ha obtenido alguno de las formas de identificación exigidas por el INE – el sistema Clave o el certificado digital. El primer paso es, a través de: sede.ine.gob.es/oposicionPartidos/presentacion, elegir cuál de esos dos métodos de identificación se emplea para comenzar el procedimiento. Las opciones figuran a la derecha de la pantalla bajo la palabra ‘Acceder’.

Como los datos personales ya estarán cargados, solo se debe pinchar «enviar solicitud». Luego de realizado el procedimiento es posible descargar la confirmación en un documento.

Plazo de solicitud no más propaganda electoral

Este procedimiento permite la cumplimentación vía web de la solicitud de exclusión/inclusión en las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral.

Efecto posterior

Las exclusiones solicitadas hasta el día decimotercero posterior a la convocatoria de un proceso electoral tendrán efectos en dicho proceso y en todos los posteriores, en tanto no se manifieste lo contrario por el elector.

Si el elector quisiera volver a recibir propaganda electoral en procesos electorales posteriores tendrá que solicitarlo por la misma vía al Instituto Nacional de Estadística (INE). Para más información aquí.